Etiquetas de productos alimenticios. Tipos y características
octubre 21, 2020

La importancia de un buen etiquetado alimentario que cumpla con la normativa en origen aporta información relevante, seguridad y fomenta la capacidad de elección en el consumidor. Por ello cobra especial importancia una serie de cualidades como son: su utilidad, legibilidad, comprensibilidad y el ser indeleble.

La información de las etiquetas de productos alimenticios variará en función del envase teniendo en cuenta si se encuentra envasado o no. Por este motivo resulta de vital importancia conocer las peculiaridades de cada una de las formas de presentación del producto.

Tipos y características según su presentación

Envasados: son aquellos alimentos que en origen han sido empaquetados, enlatados, embotellados o preparados y no se puede transformar el contenido del recipiente antes de su venta.

Debe informarse obligatoriamente en las etiquetas acerca de:

  • Su denominación o descripción para identificarlo inequívocamente.
  • Ingredientes: utilizados en el proceso de fabricación y clasificados por orden de mayor a menor peso. Existe una excepción en caso de que procedan de un solo ingrediente como frutas, quesos, vinagres fermentados, leche, etc. Si no contienen ingredientes adicionales añadidos durante el proceso de elaboración no es necesario reflejarlo.
  • Alérgenos: los elementos presentes capaces de provocar alergias o intolerancias.
  • Cantidad neta: expresada en unidades de medida como gramos, kilos, mililitros, litros, etc.
  • Fecha de duración a partir de la cual el alimento empieza a perder sus propiedades o la de caducidad en el caso de alimentos perecederos.
  • Conservación y utilización: indicando unas recomendaciones a seguir como son proteger de la luz del sol, mantener en lugar fresco y seco, etc.
  • Nombre de la empresa o denominación social acompañada de su dirección.
  • Lugar de procedencia (solo es obligatorio en carnes envasadas como las de ovino, porcino, caprino y aves de corral).
  • Modo de empleo (en caso de que el alimento requiera por sus cualidades de la necesidad de informarlo).
  • En el caso de las bebidas alcohólicas con una graduación mayor al 1,2%.
  • Información nutricional que debe de contener obligatoriamente los valores energéticos expresados en (Kj) o (kcal), grasa total y saturada, hidratos de carbono, azúcares, proteínas y sal.

No envasados: su presentación se realiza sin envase o pueden ser suministrados por establecimientos de hostelería, catering, etc. Dentro de esta clasificación entrarían a formar parte los alimentos preparados a petición del consumidor final o los realizados por los titulares del comercio minorista para su venta inmediata en el establecimiento.

Se debe informar obligatoriamente en las etiquetas de productos alimenticios sobre:

  • Las sustancias presentes que puedan causar alergias e intolerancias.
  • Los productos dispuestos en el comercio solicitados por el cliente envasados o no, deben informar de la denominación del producto e ingredientes. En el caso de las bebidas alcohólicas siempre que su graduación sea superior al 1,2%.
  • Los preparados para su venta próxima tienen que presentar la misma información que los productos envasados excepto la información nutricional. En la presentación de productos en bolsas que sean visibles y reconocibles por el cliente como son a modo de ejemplo frutos secos y frutas deberá identificarse la denominación, cantidad neta y empresa.

Por último, debemos hacer mención al creciente auge de venta por comercio electrónico de productos alimenticios. Se debe informar en el etiquetado de la misma forma que hemos analizado en los puntos anteriores acerca de la información obligatoria, exceptuando el país de origen o procedencia.